Convocatoria para dosier Temático
REGEPE abre la convocatoria para el Dosier:
“Replanteando la educación para el emprendimiento y la orientación emprendedora: aprendizaje y competencias en la era de la IAG y la sostenibilidad”.
Última actualización: 16/01/2025
Un conflicto de intereses es cualquier cosa que interfiera o pueda percibirse razonablemente como interferencia en la presentación completa y objetiva, la revisión por pares, la toma de decisiones editoriales o la publicación de artículos de investigación o no de investigación enviados a la Revista REPEPE sobre iniciativa empresarial y pequeñas empresas.
Los intereses en conflicto pueden ser financieros o no financieros, profesionales o personales. Los conflictos de intereses pueden surgir en relación con una institución, organización u otra persona.
La declaración de todos los posibles conflictos de intereses es un requisito de REGEPE y forma parte integrante de la presentación de informes de investigación transparentes.
No declarar un conflicto de intereses puede dar lugar al rechazo inmediato de un manuscrito. Si un conflicto de intereses no declarado sale a la luz después de la publicación, REGEPE actuará de acuerdo con las directrices de COPE y emitirá una notificación pública a la comunidad.
A continuación figuran algunas directrices detalladas sobre la evaluación y declaración de conflictos de intereses para la presentación y publicación de trabajos en REGEPE.
Todas las personas implicadas en el proceso de revisión por pares, incluidos autores, editores y revisores y lectores, deben declarar todos los intereses potencialmente conflictivos que se hayan producido en los 5 años anteriores a la realización de la investigación objeto de estudio o a la preparación del artículo para su publicación.
También deben declararse los intereses fuera del período de 5 años si se puede considerar razonablemente que compiten según la definición anterior.
Los conflictos de intereses financieros incluyen, pero no se limitan a:
Los intereses contrapuestos no financieros incluyen, entre otros:
Autores:
En el momento de la presentación, los autores deben enumerar todos los intereses contrapuestos relevantes para la investigación presentada. Los ejemplos pueden incluir, pero no se limitan a:
Editores y revisores:
Los editores (profesionales o académicos, remunerados o no) y los revisores deben declarar sus propios conflictos de intereses y, si es necesario, inhibirse de participar en la evaluación de un manuscrito.
Las razones más comunes para que los editores y revisores se recusen del proceso de revisión por pares pueden ser, entre otras:
Lectores:
Cualquier persona que comente artículos publicados en REGEPE debe declarar todos los intereses en competencia (financieros o no financieros) en el momento de publicar el comentario.
Acciones y decisiones editoriales:
Editora / Mantenedora


ISSN: 2965-1506 (nuevo)
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REGEPE abre la convocatoria para el Dosier:
“Replanteando la educación para el emprendimiento y la orientación emprendedora: aprendizaje y competencias en la era de la IAG y la sostenibilidad”.